La Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica (Resolución Nº 55/2018) dispuso el cambio de nivel de tarifas en dos etapas a partir del 1º de enero de 2019 y del 1º de mayo de 2019 que está dado por un aumento del 17% y del 27% en el coeficiente de modificación K, que impacta por igual en todos los usuarios de la Concesión. Conjuntamente, determinó que los usuarios del Programa de Tarifa Social con el beneficio vigente al momento del dictado de la Resolución vean neutralizado el aumento hasta la renovación o cese del beneficio.
Además, cabe señalar que desde abril de 2019 AySA comenzó a facturar de forma mensual a la mayoría de los usuarios no medidos.
Asimismo, resulta importante tener presente que en mayo de 2017 la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica (en su momento, Subsecretaría de Recursos Hídricos) modificó la estructura tarifaria mediante la Disposición SSRH Nº 19/17 . Estas modificaciones en la estructura tarifaria tienen por objetivo que el cobro de los servicios esté determinado principalmente por el volumen de agua consumido y propender así a un uso racional del recurso.
De esta forma, todos los usuarios de la concesión enfrentan el mismo cargo fijo, siendo independiente de la categoría del usuario y de parámetros del inmueble tales como superficie, tipo constructivo y localización del inmueble. En cuanto al cargo variable, para el caso de los usuarios medidos se establece un valor diferencial del precio por metro cúbico según categoría y coeficiente zonal y un consumo libre a 5m3 por mes para los usuarios residenciales. En el caso de los usuarios no medidos, el cargo variable es fijo y se expone el consumo equivalente.
Asimismo, cabe señalar que a fin de incentivar al usuario a solicitar el medidor, se suspendió por hasta el 2022 el cobro del Cargo por Instalación del Medidor para todos los usuarios. En línea con esto, se exime el cobro del Cargo por Conexión de Agua hasta el 2024 a aquellos usuarios que soliciten la modalidad de facturación medida y que para ello readecuen sus instalaciones internas a fin de ser abastecidos de forma independiente (alcanza exclusivamente a las unidades funcionales pertenecientes a edificios subdivididos en propiedad horizontal o régimen análogo, abastecidos mediante una o más conexiones de forma indivisa, existentes a la entrada en vigencia de la Resolución SIPH Nº 45/2019, sin ser aplicable a nuevas construcciones).
NORMATIVA TARIFARIA:
-Régimen Tarifario – Anexo E del Marco Regulatorio (Ley Nº 26.221) :
El régimen tarifario de la Concesión de los servicios de agua potable y desagües cloacales en el Área Metropolitana de Buenos Aires está establecido en el Anexo E del Marco Regulatorio (Ley 26.221).
El régimen tarifario establece las categorías usuarios y los regímenes de cobro determinando las fórmulas de cálculo del cargo fijo y del cargo variable, y los parámetros que componen estos cargos. También especifica los servicios especiales y otros cargos que la Concesionaria está facultada a cobrar: cargo por construcción, agua a buque, instalaciones eventuales, agua para riego de plazas, agua a vehículos aguadores, descarga de vehículos aguadores, efluentes provenientes de otras fuentes, desagües cloacales a conductos pluviales, cargos de conexión, desconexión y reconexión, restricción y corte del servicio, cargo de acceso al servicio, agua/cloaca en bloque, tratamiento de efluentes industriales, cargo por titularidad no informada, cargo de instalación de medidores. Asimismo, el régimen tarifario determina el régimen de mora y contempla la existencia del Programa de Tarifa Social.
-Instrumento de Vinculación entre el Estado Nacional y AySA (Resolución MPFIPyS Nº170/10) :
El Capítulo VIII -Régimen Económico y Tarifario- establece los principios generales aplicables al régimen tarifario y determina cuándo se deberá proceder a la restricción y/o corte del servicio, entre otras cuestiones.
El Anexo VII aborda la determinación de las categorías de los inmuebles, el procedimiento de revisión de los coeficientes zonales, la metodología de determinación del tipo constructivo, el servicio en asentamientos irregulares, la vigencia del sistema de medición, los medidores de prueba, la facturación en urbanizaciones cerradas y la exposición de la facturación.
-Reglamento de Aplicación de Normas Tarifarias y sus modificatorias:
El http://www.eras.gov.ar/download/normativa(2)/ANEXO-RANT-Parte-1-.pdf especifica los valores tarifarios y precios de los parámetros y cargos establecidos en el Régimen Tarifario de la Concesión. De esta forma, el RANT detalla los valores del coeficiente de modificación, coeficiente de edificación, coeficiente zonal, aporte universal diario fijo, tarifa general diaria, factura mínima diaria y precio del metro cúbico, entre otros conceptos.
El texto ordenado del RANT fue aprobado mediante la Resolución Nº 45/2019 de la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica (RESOL-2019-45-APN-SIPH#MI)
-Nuevos partidos: aspectos tarifarios:
En los partidos recientemente incorporados (José C Paz, Moreno, Merlo, Malvinas Argentinas, Florencio Varela, San Miguel, Presidente Perón, Escobar y Pilar) rige el régimen tarifario de la Concesión. Por un lapso de dos años, se dispuso fijar un procedimiento de carácter transitorio y alternativo al régimen tarifario (Disposición SSRH Nº 4E/2016).
Normas relacionadas al régimen tarifario:
- Disposición SSRH Nº 45/10. Aprobación del RANT.
- Disposición SSRH Nº 44/11. Modifica Coeficiente de Modificación K. Establece una reducción sobre el coeficiente de modificación K. Elimina los subsidios a determinados usuarios.
- Disposición SSRH Nº 45/11. Establece la implementación de la «Renuncia Voluntaria al Subsidio»
- Disposición SSRH Nº 46/11. Establece la eliminación de los subsidios para usuarios en determinados barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a countries, barrios cerrados, clubes de campo y clubes de chacras.
- Disposición SSRH Nº 1/11. Establece la eliminación de los subsidios para usuarios en determinados barrios del área de concesión.
- Disposición SSRH Nº 3/12. Establece la eliminación de los subsidios para usuarios en determinados barrios del área de concesión.
- Disposición SSRH Nº 3/13. Modifica articulo 36 del RANT y Anexo D (metodología para la determinación del coeficiente de edificación).
- Disposición SSRH Nº 4/14. Modifica Coeficiente de Modificación K. Disminuye el porcentaje de reducción sobre el coeficiente de modificación K en función del coeficiente zonal.
- Resolución ERAS Nº 51/14. Establece el 30 de junio del año 2016 como fecha de finalización de la vigencia temporal de las solicitudes de mantenimiento de los subsidios presentadas oportunamente.
- Disposición SSRH Nº 62/16. Modifica Coeficiente de Modificación K. Elimina la reducción sobre el coeficiente de modificación K para los usuarios de zonales medios y altos, y reduce el porcentaje de reducción al 25% para los usuarios con coeficiente zonal 1,10; 1,30 y 1,45 por el período de un año.
- Disposición SSRH Nº 4E/2016. Por un lapso de dos años, se dispone fijar un procedimiento de carácter transitorio y alternativo al régimen tarifario de los nuevos partidos incorporados al Área de Concesión.
- Disposición SSRH Nº 13/17. Mantiene el porcentaje de reducción sobre coeficiente de modificación K para los usuarios con coeficiente zonal bajo.
- Disposición SSRH Nº 19/17 Modifica Coeficiente de Modificación K. Mantiene reducción del 25% para usuarios residenciales con coeficiente zonal bajo, mientras que establece un esquema de reducción gradual para los usuarios no residenciales. Modificación de la estructura tarifaria (cargo fijo y variable). – Anexo–
- Resolución SIPH Nº 7/18 Modifica Coeficiente de Modificación K. Establece un esquema de reducción gradual del descuento del 25% para los usuarios residenciales con coeficiente zonal bajo.
- Resolución Nº 55/2018. Modifica Coeficiente de Modificación K.
- RES-2019-45-APN-SIPH#MI – ANEXO RANT parte 1 – Anexo parte 2 (planos)- Anexo parte 3 (planos) –Anexo parte 4 (planos)-Anexo parte 5 (planos) –Anexo parte 6 (planos)-Anexo parte 7 (planos)-