Tarifa Comunitaria

A las Instituciones sin fines de lucro.

Les informamos que de acuerdo a los términos de la Resolución ERAS 3/2020 todos las instituciones incluidas en el Programa de Tarifa Social cuyo beneficio caduque entre el 29 de febrero y el 31 de mayo de 2020 tendrán renovación automática de su descuento.

La fecha de caducidad del beneficio es la fecha de emisión (no de vencimiento) de la última factura con descuento aplicado.

El resto de las instituciones beneficiarias del Programa deben hacer el trámite de renovación en tiempo y forma para continuar con el beneficio.

A tales efectos, solicitamos remitir por correo electrónico a la casilla tarifa.social@eras.gov.ar la siguiente documentación escaneada o fotografiada

  •  Frente y reverso de la última factura de AySA con categoría No Residencial. (En caso de que la institución desarrolle sus actividades en mas de una cuenta de servicios deberá presentar las facturas de cada una de ellas)
  •  Solicitud de Ingreso – Instituciones completa conteniendo información detallada respecto de las actividades gratuitas y abiertas a la comunidad desarrolladas por la Institución, contemplando todas aquellas acciones vinculadas a programas de promoción y protección de derechos o de ayuda social directa realizadas de manera sostenida en cada inmueble cuya cuenta de servicios forma parte de la solicitud
  • • DNI del representante o autoridad solicitante.
  • • Acta constitutiva de autoridades o comisión directiva.
  • • Comprobante de reconocimiento legal como institución de bien público.
  • • Estatuto social.
  • • Último balance de ingresos y gastos.

En todos los casos el Ente Regulador efectuará la evaluación y resolverá el otorgamiento del beneficio de la Tarifa social.